Ley de derribo

¿Ley de derribo? Riesgos y antecedentes

Por Diego Comba

Más de 300 kilos de cocaína, un auto incendiado, una avioneta estrellada y 4 detenidos, fue la narconoticia de esta semana en Salta y, como la noticia se nacionalizó, pues también apareció la política de la viralización con propuestas que tienen un grado de complejidad no aptas para el Congreso Nacional mediocre que propone el oficialismo nacional, más cerca del show que del debate, la argumentación y los proyectos que requieren más que tiktok y escándalo.

Hablamos de la Ley de Derribo, que es más o menos como se conoce a ese instrumento legal que le permite a un país derribar aviones que ingresen a su espacio aéreo y no se identifiquen, y básicamente se usa como argumento a favor la protección de la soberanía del espacio aéreo (soberanía, esa palabra que desconocen los libertarios que gobiernan), y la lucha o “guerra” contra el narcotráfico (que el mundo lleva 60 años perdiendo) y el crimen organizado.

Se trata de una ley que en cierta forma habilita a una pena de muerte sin sentencia previa, violando el principio de inocencia consagrada en la Constitución Nacional y además sirve (en toda la extensión de la palabra) para eliminar tanto la prueba como potenciales testigos.

Dicho de otro modo: Si existiera esta Ley y un avión ingresa al espacio aéreo argentino y no se identifica podría ser derribado, lo que causaría la muerte de sus ocupantes, la destrucción de la aeronave y la pérdida de lo que transporte y, en el supuesto caso que se trate de una aeronave que transporte drogas, la consecuencia inmediata es que ante la muerte de sus ocupantes y la destrucción de lo transportado, resultaría prácticamente imposible poder hacer una investigación que quizás pueda permitir dar con el origen y destino de las drogas, sus compradores y vendedores y en esa supuesta guerra contra el narcotráfico, ya tenemos una batalla (más) perdida.

Y teniendo en cuenta que gobiernan personas que hicieron de la improvisación un arte y forma de vida, lo que sea que derriben va a ser utilizado para el show sin que lleguemos a saber en realidad de qué se trataba.

Además, una ley de este tipo implica que el país debería poseer, antes de su aplicación, cierta tecnología, como radares y aviones, pero no, aquí tenemos un alambrado de 200 metros en una frontera de unos 750 kilómetros de extensión (solo con Bolivia, y no, no estoy pidiendo un muro en toda la frontera, solo uso esos datos números para ilustrar lo ridículo del alambrado que colocaron), y no nos olvidemos que además compramos aviones de combate que no sirven (además de caros y en un país sin hipótesis de conflicto bélico) para que un ministro que gusta de disfrazarse de militar pueda hacer lo que mejor saben hacer, show de alto impacto viral que los hacen ganar elecciones aunque la gestión sea más que mala.

Pero, en el supuesto caso que tengamos la tecnología necesaria (no tenemos), el recurso humano debidamente capacitado para proceder de acuerdo a protocolos internacionales vigentes (podemos tener) y funcionarios idóneos (no tenemos, y por eso no podemos tener el punto anterior), el problema pasa a ser constitucional, porque en Argentina es garantía constitucional (Artículo 18) el principio de inocencia, esto es que nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario y quien lo debe demostrar es la justicia a través de los fiscales y las pruebas que obtengan de la investigación, por lo que dejar en manos de un piloto de combate la culpabilidad de alguien porque no se identificó, por cuestiones que van desde problemas técnicos hasta tráfico de cualquier tipo, resulta de mínima complejo por la amplia posibilidad de que haya un error humano en el proceso.

Entonces, hasta aquí existe un riesgo de vida de personas que podrían ser inocentes de lo que sea que se presuma en una eventual Ley de Derribo, pero además hay que tener en cuenta que la Ley de Seguridad limita el accionar de las Fuerzas Armadas en estas tareas por lo que este tipo de leyes se ubica en una especie de zona gris entre esta ley y la de Defensa Nacional.

Y por si todo esto fuera poco, hay que tener en cuenta además que Argentina adhirió por ley al Convenio sobre Aviación Civil Internacional (conocido como Convenio de Chicago), que establece un protocolo y en su artículo 3 bis, entre otras cuestiones, reza textualmente que “todo Estado debe abstenerse de recurrir al uso de las armas en contra de las aeronaves civiles en vuelo y que, en caso de interceptación, no debe ponerse en peligro la vida de los ocupantes de las aeronaves ni la seguridad de éstas”, y además establece que los Estados “tiene derecho, en el ejercicio de su soberanía, a exigir el aterrizaje en un aeropuerto designado de una aeronave civil que sobrevuele su territorio sin estar facultada para ello, o si tiene motivos razonables para llegar a la conclusión de que se utiliza para propósitos incompatibles con los fines del presente convenio”.

Por lo que más allá de un reel o video de TikTok la discusión es bastante más compleja, no apta para personas que no gustan de leer como cierta representante libertaria recientemente electa, o para personas que gustan más del show digital que del debate profundo y bien argumentado.

Entonces, lejos de querer instalar argumentos en contra de una eventual ley de este tipo, también hay argumentos a favor, aunque primero se debe resolver la compatibilidad entre el principio de inocencia y una ley que establece una medida tan extrema como el asesinato de una persona que en principio es inocente de algo. Y podemos ver qué anda pasando en la región en esta materia y evaluar los pros y los contras.

Brasil, Colombia, Perú, Venezuela y Bolivia tienen una ley de derribo y a la vez tienen establecida la garantía constitucional del principio de inocencia, sea por su propia Constitución o por pactos supraconstitucionales como convenciones de Derechos Humanos.

Entonces, para saldar esta discusión hay que analizar los argumentos sobre que las aeronaves que sobrevuelen el territorio nacional sin un plan de vuelo declarado y que no respondan a la comunicación pueden representar una amenaza grave e inminente a la seguridad y soberanía del Estado, aunque este argumento es más válido en caso de aeronaves de combate, no civiles, aunque de todas formas, si se salda este debate, lo ideal es poder establecer estrictos protocolos de gradualidad en el uso de la fuerza, tales como identificación, comunicación, advertencias visuales y por radio, seguimiento y, solo como último recurso absoluto y si la vida de las personas en tierra está en peligro inminente, el uso de armas.

Entonces la intención debería ser disuadir antes que destruir, pero de lograrse la disuasión y encontrarse cargamentos ilícitos en las aeronaves interceptadas queda la posibilidad de una investigación que permita una trazabilidad y eventualmente dar con compradores, vendedores y lastimar más a toda la cadena de suministros de drogas.

Y hay que valerse de los antecedentes que ya existen como por ejemplo el de Perú que un derribo se terminó comprobando que la familia que viajaban en el avión interceptado eran rehenes y se trataba de un grupo de misioneros, pero también los casos de Brasil o Chile que tienen la ley pero jamás llegaron al último recurso (en el caso de Brasil el tiro de destrucción de una aeronave es el noveno punto del protocolo y solo puede estar autorizado por el presidente o el jefe de la Fuerza Aérea), y hay contados antecedentes de disuasión que terminaron en el secuestro de importantes cantidades de cocaína.

Entonces, una Ley de Derribo es posible, pero no sin antes tener un debate profundo, establecer protocolos de actuación estrictos, tener tecnología, capacitación adecuada y un Poder Judicial capaz de poder seguir una investigación hasta donde le sea posible para, en caso de un secuestro, no terminar con un par de detenidos, algo de droga secuestrada, un festejo mediático y no mucho más que eso.

Quizás es hora de ponerse creativos y generar otro tipo de consensos para buscar alternativas más efectivas en esta «guerra» contra las drogas, y en una de esas rebuscando en la historia hay antecedentes como el alcohol y el tabaco, que puedan servir, pero dejo este será otro tema a tratar.

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