Será tratado este jueves a la tarde por la Cámara alta en sesión extraordinaria.
Las comisiones de Legislación General de las cámaras de Diputados y Senadores consensuaron el dictamen de mayoría del proyecto de Ley que declara la necesidad de la reforma parcial de la Constitución Provincial y que será tratado este jueves a la tarde por la Cámara alta en sesión extraordinaria.
En el caso del Senado, este acuerdo se traducirá en el dictamen de mayoría, que se espera sea rubricado por los legisladores hoy por la mañana, antes de la sesión extraordinaria convocada para las 17. También habrá un dictamen de minoría impulsado por el senador Manuel Pailler. Así se informó a través de una comunicación oficial del Senado provincial.
El acuerdo
En general el acuerdo alcanzado por diputados y senadores habilita a los convencionales constituyentes a modificar en parte los artículos 95 y 103, sobre cantidad de reelecciones de los legisladores provinciales;
El 111, sobre la fecha de inicio de sesiones ordinarias en ambas cámaras y la adecuación del 137, que facultaba en años anteriores a la Legislatura para la elección de los senadores nacionales y quedó obsoleto con las últimas reformas.
El artículo 140, sobre cantidad de reelecciones de gobernador y vice;
El 144 que adecua el informe a la Asamblea legislativa del mandatario provincial sobre el estado general de la provincia a la nueva fecha de inicio de sesiones ordinarias.
En materia de Régimen Municipal el acuerdo establece habilitar los artículos 170 sobre condiciones para la creación de nuevos municipios, pero no así de elección de delegados municipales; el 171, sobre número de concejales por población representada y no así el párrafo que hablaba sobre la creación de la figura del viceintendente;
El 172, sobre la duración del mandato de los ediles y cantidad de reelecciones a las que se pueden presentar.
Se acordó, además, que al eliminarse la habilitación de la discusión sobre la figura del viceintendente se eliminan también del tratamiento de los convencionales los artículos 180 y 182 que adecuaban este cargo en la estructura municipal.
Finalmente, el dictamen establece el mecanismo de elección de los convencionales constituyentes, faculta al Poder Ejecutivo a realizar la convocatoria a elecciones de los mismos y les fija un plazo de 60 días después de su proclamación para completar la reforma de la carta magna.