Por Cristina Idiarte
Soy licenciada en Gestión, con un posgrado en Derechos Culturales y trabajo en el campo de la Cultura hace 37 años. Lo que sigue es una reflexión personal, basada en la experiencia de gestión pública que realicé durante 12 años en el Instituto Nacional del Teatro.
En el 2017 el gobierno de Mauricio Macri incorporó un artículo en la Ley de Presupuesto aprobada por el Congreso de la Nación que puso plazo de vencimiento a las pocas leyes de asignación específica que quedaban vigentes y que permiten el financiamiento del cine dispuesto en las Leyes de Fomento de la Actividad Cinematográfica N° 17.741 y de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522, el fondeo de los Institutos Nacionales de la Música y del Teatro, las producciones del Sistema Nacional de Medios Públicos y el funcionamiento de la Defensoría del Público de los Servicios de Comunicación Audiovisual. La decisión dio fin a la continuidad de una política pública que mantuvieron gobiernos de distintos signos políticos durante décadas y que sostuvieron la importancia de mantener activa la ejecución presupuestaria de estos fondos.
Se trató de una decisión política que los ministros de Hacienda, Nicolás Dujovne, y de Cultura Pablo Avelluto, apoyaron sin entender (??¡¡) o claramente entendiendo que el recorte a esos impuestos VACIABA el financiamiento del INT, INCAA, INaMu.
Eran los impuestos de “baja recaudación” (según ellos) pero que financian a estos Institutos mediante la Ley que los crea. Por ejemplo el INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO mediante el Decreto 815/2003 dice: «Dispónese que el mencionado Instituto asignará y redistribuirá los fondos con afectación específica conforme las facultades emergentes de la Ley Nº 24.800, pudiendo efectuar las inversiones que resulten necesarias para la consecución de sus objetivos».
¿POR QUÉ?
Porque claramente los cuerpos colegiados como el INT que está compuesto por un Consejo de Dirección (representativo y FEDERAL) determina el presupuesto $$$ para sus líneas de acción. Es decir, se posibilita un tratamiento amplio, variado y consensuado de las políticas públicas de financiamiento.
En este punto ya entendimos que “la caja” está en estos Institutos (descentralizados y autárquicos), y claramente van por ella.
La fecha de vencimiento que se fijó en el art. 4 de la Ley N° 27.432 promulgada en diciembre de 2017 fue de cinco años y vence el próximo 31 de diciembre de 2022.
¿QUE VA A PASAR?
Esos impuestos que financian a estos Institutos pasarán a Rentas Generales. No tendrán la asignación para la cual fueron creados.
No es la primera vez que se fijan en “la caja” de los Institutos, recordemos el Decreto (2015) del Director Ejecutivo Guillermo Parodi (hijo de la Ministra Teresa Parodi) dividiendo las aguas del financiamiento del INT. Una cruenta batalla de parte del Consejo de Dirección (representativo y federal) contra el poder de un aparato político puesto al servicio de los intereses de RENTAS GENERALES.
ENTONCES… dependerán de las decisiones o intereses políticos, de la aprobación del presupuesto de Cultura o, lo que es peor, de la buena voluntad de los funcionarios de turno.
Cabe acá la aclaración que si para Educación el porcentaje del Presupuesto total es del 3 al 6%, lo que se daría a Cultura claramente no sería superior.
GRAVE. GRAVÍSIMO.
Se recorta la voz, se recorta el FEDERALISMO, se recorta LA LEY.
Nuestra Ley de Cine (LEY Nº 17.741), la Ley Nacional de la Música (LEY Nº 26.801) y la Ley Nacional del Teatro (LEY N°24.800) son reconocidas internacionalmente, además de tomarlas como ejemplo de creación ciudadana. (Pero para la ciudadanía en general, sepan que surgieron de militancia y sacrificio que dieron las comunidades artísticas para su creación)
El ESTADO, en este punto, debe asumir la construcción y salvaguarda de la construcción de identidad y la protección de la diversidad cultural. Porque la CULTURA es un Derecho Humano (1948) y además, existen los DERECHOS CULTURALES para proteger los derechos de todas las personas, individualmente y en comunidad con otras, así como de grupos de personas, para desarrollar y expresar su humanidad, su visión del mundo y el significado que dan a su existencia y su desarrollo mediante, entre otras cosas, valores, creencias, convicciones, idiomas, conocimientos y artes, instituciones y formas de vida. Protegen también el acceso al patrimonio cultural y a los recursos que permiten que esos procesos de identificación y desarrollo tengan lugar.
El mandato sobre los derechos culturales no se refiere a la protección de las culturas o del patrimonio cultural en sí, sino a la promoción de las condiciones permitiendo a todas las personas, sin discriminación, acceder, participar y contribuir a todos los aspectos de la vida cultural de forma continua.
Para seguir construyendo CIUDADANÍA CULTURAL es imperioso que el Congreso de la Nación de tratamiento y aprobación al proyecto legislativo que impulsa la modificación del art. 4 de la Ley N° 27.432, para tener el marco legal apropiado
Como punto importante es alertar sobre el ataque al FEDERALISMO, a la MULTIPLICIDAD DE VOCES, A LA IDENTIDAD CULTURAL DE UN PAIS.
Es mi intención con estas líneas alertar, reflexionar y accionar acerca de esta modalidad cuasi delictiva, pero también compartir con todo nuestro estupor e indignación. Una vez más, agoniza la Cultura frente a cierta humanidad ruin que nunca descansa, por más minoritaria que sea.
Nuestra primera bandera está en nuestra producción cultural: películas, obras, conciertos, pero también en la infinidad de voces que la componen.
Y contra eso nada puede la pequeñez de unos pocos.