Cinco años después del escándalo, este lunes comenzará el juicio contra la exsecretaria general del gremio docente, Patricia Argañaraz, y su extesorera Marita Cerezo, por administración fraudulenta.
A partir del 11 de noviembre se llevará a cabo en la Sala VI del Tribunal de Juicio la audiencia de debate seguida contra cuatro personas acusadas por administración fraudulenta y estafas reiteradas en perjuicio de la Asociación Docente Provincial (ADP) y agremiados. El inicio está previsto para las 9.30.
El juicio unipersonal será presidido por el juez José Luis Riera. Por el Ministerio Público intervendrá la fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio.
Los imputados son Patricia del Valle Argañaraz (exsecretaria general de la ADP) y Ana María Cerezo (extesorera) como coautoras de los delitos de administración fraudulenta y estafas reiteradas (29 hechos), en concurso real; Raúl Dante Argañaraz y Nicolás Demetrio Zissi como partícipes necesarios de administración fraudulenta y coautores de estafas reiteradas.
Está previsto que la audiencia de debate se extienda hasta el 27 de noviembre.
La causa
Patricia Del Valle Argañaraz y Ana María Cerezo fueron imputadas en octubre de 2020 por los delitos de administración fraudulenta y estafas reiteradas (29 hechos), en concurso real y en calidad de coautoras. En ese entonces, también fueron imputados por los delitos de estafas reiteradas y de administración fraudulenta, pero en calidad de partícipes necesarios, Raúl Dante Argañaraz y Nicolás Demetrio Zissi.
El fiscal que intervino fue Leandro Flores, quien verificó que las imputadas Argañaraz y Cerezo, en su condición de Secretaria General y Tesorera de de la Asociación Docente Provincial – Salta, respectivamente, tenían a su cargo la conducción y administración del gremio pero al mismo tiempo, ejercían como fiduciarias del “Fideicomiso de Administración al costo “Virgen De Urkupiña I”. Por su parte, Raúl Dante Argañaraz –hermano de la primera nombrada- era fiduciario sustituto en la entidad y, luego, fiduciario. Mientras que Nicolás Demetrio Zissi, actuaba como asesor y encargado del Fideicomiso dentro dl gremio, era mandatario con poder especial y estaba autorizado para operar con las cuentas bancarias de la entidad.
En ese rol, dijo el fiscal, realizaron intencionalmente -y colaboraron para que se realicen- actos tendientes a perjudicar los intereses que les fueron confiados en el marco de la representación gremial, violando los deberes que se originaban en las funciones ejercidas por la Secretaria General y Tesorera, distrayendo dinero y bienes de la institución y permitiendo el usufructo gratuito de oficinas y el servicio del personal de ADP, a favor de una entidad de índole comercial, ajena al gremio, pero sobre la cual los acusados también tenían un interés en su desarrollo.
Así, entre otras maniobras, la ex Secretaria General realizó gestiones dirigidas a lograr la transferencia de un inmueble de propiedad de la Asociación Docente Provincial hacia el fideicomiso privado denominado Fideicomiso de Administración al costo “Virgen De Urkupiña I”, sin abonar suma alguna.
A su vez, en los Estados Contables de la ADP al 30/06/2018, se detectaron numerosas fallas en el control interno y que “las rendiciones de salidas de dinero no contaron con documentación comprobatoria que valide la existencia y origen del gasto siendo habitual la registración de salidas de dinero sin aplicación contable precisa y concreta”. En los registros de los movimientos de caja, se detectaron importantes inconsistencias en la continuidad de los movimientos diarios […], en rendiciones, comprobantes de respaldos, deficiencias en el archivo de documentos físicos que dificultan la constatación de los movimientos además de haber detectado importantes diferencias de dinero entre el saldo de caja y efectivo existente”.
También se constató la “inexistencia de conciliaciones bancarias, pagos de gastos personales ajenos a la institución, pagos indocumentados a través de transferencias además de la emisión y cobranza de cheques de caja de los cuales no fueron registrados como ingreso de fondos en las cajas en el departamento contable”.
Otro informe contable de abril de 2019, sumado a las pruebas, tuvo observaciones sobre el mal manejo y administración, la falta de autorizaciones, y el manejo independiente de cada área (por ejemplo, para limpieza de baños de un día, facturaban $45.000, sin control alguno).
Declaraciones testimoniales de especialista contables aportaron sobre el fideicomiso que “el plan de negocio era inviable, estaba creado por Patricia Argañaraz con María Cerezo para construir casas para los docentes…ellas eran las fiduciarias, el hermano de Patricia, Raúl Argañaraz era apoderado del fideicomiso y lo manejaba, “aunque no tenía las aptitudes o conocimientos para el manejo de un negocio de tal magnitud”. Citaron como ejemplo que el contrato con la empresa constructora se actualizaba con el índice CAC Cámara Argentina de la Construcción y la cuota del docente se actualizaba por el índice de variación del salario docente-paritarias, lo que producía un desfajase entre lo recaudado y lo gastado, lo que hacía menos viable al proyecto.
Y que cada vez requería más asistencia de la ADP, a lo que la tesorera le giraba fondos constantemente para cubrir el déficit del fideicomiso. En principio fue un fideicomiso privado, sin vínculo con la ADP y el propio estudio Jurídico del gremio dijo que no era viable ni legal ni económicamente. Ante esta situación y “después de las peleas que tuvieron Argañaraz y Cerezo, la última renunció al fideicomiso; se disolvió la administración del fideicomiso, se relevó a Raúl Argañaraz del cargo y se paralizaron las obras y el cobro de las cuotas”.
Las única operación económica del fideicomiso era la construcción de 23 viviendas, que tenían 110 aportantes al proyecto y ya llevaba una demora de 2 años, pero no hubo ninguna terminada, ni alcanzaba la plata recaudada para pagar avances de obra
Respecto al estado de situación patrimonial correspondiente al período finalizado el 30 de junio de 2018, se informó sobre un préstamo otorgado al Fideicomiso V Urqupiña por $3.900.000, que según los testimonios “era plata que derivaba la ADP al fideicomiso, con transferencias entre cuentas o retiros de efectivo de Raúl Argañaraz de la cuenta de ADP o directamente la ADP transfería a la constructora el dinero”. La ADP se nutre de cuotas de los docentes, ingresos de hostales y camping y de la farmacia, y “el fideicomiso tenía ingreso de las cuotas que pagaban los docentes según el tamaño de la casa que había elegido”.
De los informes bancarios surgió que el Fideicomiso recibió fondos desde la cuenta de ADP desde el 23 de agosto de 2017 al 27 de agosto de 2018, por una suma de $5.997.400, a pesar de que sólo existió autorización para dos transferencias, por $1.400.000 y $2.500.000. También se registraron transferencias desde la cuenta bancaria del fideicomiso Virgen de Urkupiña I a la empresa constructora CEYBA, la cual no tenía la obligación contractual de realizar una obra de esas características, conforme surge del contenido del contrato firmado y su addenda.
El fiscal sumó en su decreto de imputación que se observaron “transferencias de dinero de los afiliados a una entidad privada ajena, por fuera del régimen legal previsto en su conformación y sobre la cual, los imputados poseían intereses distintos a los propios de la función gremial”. Tanto es así que se utilizaron oficinas y servicios de empleados de la ADP o afectados al gremio, para realizar tareas del Fideicomiso, pero pagando sus sueldos con dinero de la ADP. Así fue, inclusive, en el caso de una mujer que desempeñaba tareas de trabajadora doméstica en el domicilio particular de Patricia Argañaraz.
Estafas reiteradas
Sobre el delito de Estafas Reiteradas, el fiscal imputó a Argañaraz y Cerezo como coautoras, “porque en connivencia dolosa y con el propósito de obtener un beneficio patrimonial ilegítimo, procedieron a dar apariencia de legalidad al negocio jurídico Fideicomiso de Administración al costo “Virgen De Urkupiña I”, a pesar de conocer la inviabilidad legal y económica del proyecto; vinculando su realización a la asociación gremial en la que ejercían funciones y publicitándolo entre los asociados, con el fin de que se adhirieran personas en calidad de fiduciantes. Les prometieron que por medio de un desembolso inicial de dinero y luego abonando cuotas, accederían a una vivienda en alguno de los loteos que se efectuarían en inmuebles claramente individualizados (loteo denominado Aires de los Andes y un inmueble de Cerrillos); sin haber adquirido a la fecha este último perteneciente a la ADP.
Además, los imputados percibieron dinero, por medio de transferencias bancarias a las cuentas del Banco Macro SA o pagos en efectivo, de varios de los afiliados del gremio que se constituyeron en fiduciantes CLASE B (en su mayoría docentes y jubiladas), quienes depositaron un monto al firmar el contrato de hasta $145.000 aproximadamente y otros en concepto de cuotas, confiando en que abonaban dicho dinero para acceder al terreno y a la construcción de una vivienda que se iba a edificar.
Ante los reclamos y pedidos de rendición de cuentas de los damnificados, ni Patricia Argañaraz ni Ana María Cerezo y tampoco Raúl Dante Argañaraz, dieron cuenta de su actuar, ni del manejo, administración o disposición de fondos. Tampoco presentaron el estado contable financiero del Fideicomiso, aunque estaban obligados en función del cargo que revestían
Consta también que Raúl Argañaraz convocó en 2017 a personas afiliadas a la ADP y ofreció un plan de vivienda para quien quisiera adherirse voluntariamente. Es decir, en razón de la solvencia y el prestigio de la institución (ADP) y simulando que la entidad avalaba el negocio jurídico por ellos armado, indujo a las víctimas a efectuar disposiciones de dinero con un desplazamiento patrimonial que de otra manera no hubieran efectuado.
Con ese accionar, Patricia Argañaraz, Ana María Cerezo y Raúl Dante Argañaraz, causaron un grave daño y perjuicio en el patrimonio de las víctimas.
El fiscal Leandro Flores no descartó una eventual ampliación de la imputación, en orden al análisis de los contenidos de la denuncia, las declaraciones testimoniales y de otros elementos que puedan sumarse durante la investigación.