Darío Monges fue asesinado en el marco de una disputa por una deuda de drogas con cinco disparos en septiembre de 2022. Por su crimen, condenaros a dos hermanos y absolvieron al padre.
El Tribunal Oral Federal N°1, bajo la presidencia de la jueza, Marta Liliana Snopek, acompañada por los vocales, Santiago Federico Díaz y Mario Marcelo Juárez Almaraz, declararon penalmente responsable a los hermanos David y Santiago Bejarano del delito de homicidio calificado por alevosía y uso de arma de fuego, en calidad de coautores y en perjuicio de Darío Esteban Monges.
La condición de culpabilidad la extendieron también por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, también como coautores. En el mismo fallo, dado a conocer hoy, absolvieron por el beneficio de la duda a Roberto Catalino Bejarano, padre de los dos acusados.
Asimismo, el tribunal hizo lugar a un planteo de nulidad interpuesto por la defensa respecto a una requisa voluntaria y allanamiento practicado por la policía de la provincia a David Bejarano, con lo cual esa prueba quedó excluida.
Por otra parte, los jueces rechazaron un pedido similar, de exclusión probatoria, referido a la clonación de la línea telefónica de la víctima, a través de su cuenta de correo electrónico, pericia que permitió conocer información sensible, tanto sobre la disputa que mantenía víctima y victimarios, como otros detalles que, en definitiva, echaron luz sobre el derrotero de Monges el día de su asesinato.
De esta manera, el tribunal cerró la etapa de responsabilidad penal de los tres acusados llevados a juicio por el fiscal general, Eduardo Villalba, y los auxiliares Mariana Gamba Cremaschi y Jorge Viltes Monier, todo en representación de la Procuraduría de Narcocriminalidad del NOA.
El crimen fue descubierto el 3 de septiembre de 2022, alrededor de las 12:20, cuando la policía local fue alertada sobre la presencia de un vehículo con su conductor en el interior, el que presentaba rastros de sangre, en el barrio El Círculo de la ciudad de Salta. Los efectivos verificaron el hallazgo del cadáver de la víctima, que presentaba cinco heridas de bala en la cabeza y estaba en el asiento del conductor de su camioneta Ford Eco Sport.
En su inicio, el caso fue investigado por la Unidad Fiscal de Graves Atentados contra las Personas, del Ministerio Público de la Provincia, con intervención de la jueza de Garantías N°6, Sandra Espeche, quien ordenó la detención de los tres acusados, aunque luego se declaró incompetente y giró las actuaciones al fuero federal, dado el trasfondo de narcotráfico del hecho.
El 7 de octubre, la PROCUNAR NOA formalizó la imputación ante la jueza federal de Garantías N°2, Mariela Giménez, y avanzó con pesquisas complementarias, las que lo condujeron a ratificar la acusación contra los tres Bejarano en la audiencia de Control de Acusación ante el juez de Revisión, Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas.
Hipótesis del Fiscal
El fiscal general mantuvo en el juicio, iniciado el 25 de julio pasado, la hipótesis de que Monges fue asesinado por una disputa respecto a una deuda que los hermanos Bejarano mantenía con él, como socios de la venta de droga al menudeo en esta ciudad.
Sobre la mecánica del crimen, sostuvo que Monges salió de su casa el jueves 1 de septiembre y que, entre los diversos destinos que tuvo, se encuentran dos visitas a un taller de motos de la zona norte de la ciudad, propiedad de los hermanos Bejarano.
En una primera visita, en horas de la siesta, Monges fue acompañado por un amigo, mientras que la segunda visita se registró pasada las 20, cuando salió de tomar un café con dos amigos en la confitería El Tiempo, ubicada en la esquina de las calles Necochea y Ameghino, tras lo cual volvió al taller de los acusados.
Luego, y por lo reconstruido por las cámaras de video, tanto públicas como privadas, la fiscalía estableció que los hermanos Bejarano mataron a Monges dentro de su camioneta, Eco Sport, aprovechándose del estado de indefensión del mismo, pues tenía absoluta confianza en sus dos socios.
Monges, que estaba sentado con el cinturón de seguridad colocado en el lado del acompañante, recibió cinco dispararon con un arma del mismo calibre que solía portar, la que no fue encontrada, como tampoco su teléfono celular.
Cometido el asesinato, los Bejarano dejaron a la víctima dentro de su rodado, en una calle aledaña a la pared del galpón de la metalúrgica Metalnor, en el barrio El Círculo, frente a un templo evangélico, cuyos pastores confirmaron la permanencia del vehículo desde el jueves hasta el sábado, cuando finalmente se alertó a la policía.
En su alegato, sobre la responsabilidad penal, el fiscal general fue contundente respecto a las pruebas reunidas, de las cuales destacó cotejos genéticos de rastros hallados en el volante de la camioneta, los que resultaron compatibles con David Bejarano, como así también el resultado positivo de la pericia odorífica, tanto para este acusado como para su hermano Santiago y el padre de ambos.
Reforzó la teoría del homicidio, con los impactos de antenas telefónicas y geolocalización del teléfono de la víctima, los acusados y testigos que tuvieron contacto con Monges el día de su asesinato, análisis que coincidió con la ruta reconstruida a partir de las cámaras de videos.
La fiscalía puso blanco sobre negro y marcó de manera nítida las pruebas que llevaron al MPF a mantener la acusación contra los Bejarano, entre ellas, la declaración de un testigo de identidad reservada, quien confirmó en el juicio que, a partir de un diálogo con David, tomó conocimiento que ambos hermanos habían planeado el crimen de Monges, quien le reclamaba dinero por una cantidad de droga (15 kilos de marihuana) que no tenían para rendir.
El testigo indicó incluso la posición de los dos hermanos dentro de la camioneta al momento del asesinato, prueba que fue destacada por el fiscal general en su alegato y que hoy, el tribunal en el adelanto de sus fundamentos, tomó como cierta.
Lo mismo sucedió respecto a la grave contradicciones en las que incurrieron los dos hermanos. La fiscalía había dejado expuesta la mentira de Santiago, cuando al ser entrevistado por la policía a los días del crimen de Monges, dijo que no lo veía desde hacía un mes, siendo que su hermano, ante la misma pregunta, dijo que el día 1 de septiembre había estado en el taller con ambos.
El fiscal fue más a fondo, cuando Santiago, en otra contradicción, recordó que ese día había manejado la camioneta de la víctima, lo que recordó un año más tarde, cuando se enteró de que iba a ser sometido a pericias de orden genéticas y odoríficas.
Fundamentos
La jueza Snopek, en sus fundamentos, les dio crédito a estas pruebas, como al resto de las pericias, tanto de las cámaras de video como relacionadas a la clonación de la línea, pericia que consideró realizada bajo los estándares vigentes, a la vez que resaltó el valor de los datos extraídos en función de lo declarado por un perito que los calificó de “intangibles”. Asimismo, resaltó que la defensa, que también se valió de esa información, pudo haber promovido una reproducción de esta medida, pero no lo hizo.
En cuanto a la decisión de absolver por la duda a Catalino Bejarano, la jueza evaluó el hecho de que el testigo de identidad reservada no lo describió como presente dentro de la camioneta cuando mataron al asesor político. En cuanto a que la pericia odorífica sí lo situó en el rodado, señaló que esto pudo haberse debido a una transferencia de olor en la ropa de su hijo, Santiago, ya que ambos viven juntos.
En cuanto a sus hijos, en tanto, la jueza consideró a los mismos coautores del crimen, el que planearon y llevaron a cabo, tal como lo señaló el fiscal general en su alegato, aprovechándose de la confianza ciega que le tenía la víctima.
Explicó que Monges en ningún momento intuyó la intención dolosa de sus socios, quienes, en su plan homicida, lo relajaron primero con la ingesta de cerveza, tras lo cual lo asesinaron con disparos en la cabeza y el rostro. En este punto, cabe señalar que, de una botella de dicha bebida, se obtuvieron rastros de ADN que le jugaron en contra a David Bejarano.
En cuanto al derrotero de la víctima, dio por acreditado que el asesor político salió del Café El Tiempo y se dirigió al taller de los Bejarano, lo que surge de las cámaras y la geolocalización de los teléfonos, instancias en la que destacó un impacto en una antena ubicada en el loteo de La Alameda, ubicada a 200 metros del taller mecánico.
Recordó que David Bejarano, ese 1 de septiembre, dijo que había visto a Monges bien vestido, lo que coincide con otros testigos con quien tuvo contacto. En este sentido, el juez Díaz fue más directo y señaló otra contradicción de este imputado, quien intentó insinuar que la víctima se había ido con un tercero y que debía viajar a Orán.
El magistrado afirmó que esta versión de David Bejarano es falsa, ya que las dos personas que nombró lo desmintieron, lo que fue respaldado por otras pruebas, con lo cual dedujo que todo se trató de una maniobra de Bejarano para situarse lejos del hecho.
Con estos argumentos, y otros más que serán ampliados en la sentencia, los jueces dieron por cerrada la etapa de responsabilidad penal y adelantaron el debate por la determinación de pena, para el jueves próximo.