Un joven de 22 años atacó y manoseó a una excompañera del colegio cuando regresaba a su casa. Fue condenado pero sólo deberá cumplir algunas reglas de conducta.
Gerardo Isaac Luján fue condenado en juicio abreviado a tres años de prisión de ejecución condicional, es decir que no irá a prisión y sólo deberá cumplir reglas de conductas, por resultar autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple.
Durante tres años, el condenado deberá cumplir con las reglas que le impuso la jueza Norma Beatriz Vera, vocal de la Sala IV del Tribunal de Juicio.
Entre otras obligaciones, deberá constituir domicilio; someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar del consumo de bebidas alcohólicas; realizar tratamiento psicoterapéutico, previa indicación de un profesional idóneo sobre su necesidad y conveniencia, y presentar las constancias que acrediten el cumplimiento de la media dispuesta; prohibición de acercamiento a la denunciante y su grupo familiar, a su domicilio y sitios que ella frecuente, así como de mantener contacto con ella, por cualquier medio. Todo ello con expreso apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.
Luján fue denunciado por un hecho ocurrido el 27 de enero del año pasado, en Villa Mónica. La damnificada señaló que, alrededor de las 23.40, después de acompañar a que su madre a tomar un remis, volvía a su casa caminando cuando fue interceptada por el imputado. Sin mediar palabras, el sujeto la empujó y la hizo caer al suelo. Entonces se le abalanzó y la sometió a tocamientos impúdicos.
La denunciante manifestó que no tenía ningún tipo de vínculo con el imputado y que solo lo conocía de vista porque habían asistido al mismo colegio.
La jueza ordenó que el condenado sea examinado por profesional médico perteneciente al servicio de éste Poder Judicial a fin de que se obtengan sus señas particulares. También dispuso que se le extraigan muestras de ADN para su incorporación en el RNDG y en el Banco de Datos Genéticos provincial.
Finalmente, la magistrada ordenó que se implante consigna policial fija al imputado durante quince días y, cumplido este plazo, consigna ambulatoria por el término de 15 días más.
Durante el juicio abreviado, el acusado reconoció la comisión de los hechos que le fueron atribuidos, aceptó la pena acordada y se comprometió a cumplir las reglas de conducta impuestas.