Señor del Tabaco

Aprobaron la reforma del tabaco dentro de ley Bases

En medio de la investigación judicial al Señor Tabaco, Pablo Otero, senadores incluyeron cambios en la legislación sobre el sector.

La reforma impositiva del tabaco fue uno de los artículos menos tratados dentro del debate parlamentario de la ley Bases en el Senado y ni siquiera estaba incluido en el dictamen. Sancionado de improviso en Diputados, tuvo la misma suerte en la Cámara alta y logró su aprobación por mayoría, con un importante número de abstenciones.

La iniciativa tuvo 33 votos a favor (impulso de UCR y del PRO), 10 en contra (repartidos en distintos bloques) y 27 abstenciones (preponderantemente peronistas). En caso de tener su ratificación en la Cámara de Diputados, el proyecto se convertirá en ley.

 

Qué dice el capítulo de impuestos al tabaco que complica a Pablo Otero

Dos tabacaleras que estaban beneficiadas por una medida cautelar por la cual eludían el pago de impuestos sufrieron un revés judicial frente a un reclamo de la AFIP. Se trata de la misma ventaja competitiva que mantiene Tabacalera Sarandí, de Pablo Otero, por la cual al no cumplir con la obligación del impuesto interno sus cigarrillos se venden al público a un precio más barato, lo que le permitió ganar una mayor participación de mercado.

Entre las modificaciones que aparecen en el capítulo de impuestos al tabaco de la ley Bases, apuntan a igualar los impuestos para todas las empresas del sector tabacalero.

Esta medida busca corregir desigualdades existentes y garantizar una competencia equitativa. El proyecto original, presentado en enero y posteriormente retirado en febrero, fue reincorporado tras la aprobación de la Ley Bases y previo al tratamiento del capítulo fiscal.

 

En detalle, los cambios que propone la ley Bases al impuesto al tabaco son:

Este proyecto aprobado y girado al Senado se centra en los impuestos internos al tabaco, proponiendo elevar el gravamen del 70% al 73%, lo que tendría un impacto directo en el precio del atado de cigarrillos.

Además, se establece una tasa específica para los cigarrillos electrónicos. Aunque estos dispositivos están prohibidos por disposición de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica desde 2011, lo que suscitó debate entre los legisladores.

La venta de cigarrillos está gravada por dos impuestos internos combinados: una alícuota de 70% sobre el precio del atado.

Se trata de un monto mínimo que la AFIP va actualizando con la inflación y que hoy es de $793. Se paga la suma que sea más alta. El sentido es encarecer el precio de los cigarrillos para desalentar su consumo.

La votación sobre los cambios en el impuesto al tabaco fue ajustada, con 82 votos a favor, 77 en contra y 69 abstenciones. Principalmente se abstuvieron legisladores del peronismo y la izquierda, quienes argumentaron que se trataba de una disputa entre grandes empresarios.

Desde la AFIP explicaron: «El impuesto interno a los cigarrillos grava con una alícuota del 70% su expendio; el precio sobre el que se aplica la alícuota no puede ser menor a un monto fijo que se actualiza por inflación cuatro veces por año. Al fijo se lo llama impuesto mínimo. Algunas empresas, a través de medidas cautelares judiciales han evitado pagar el impuesto sobre el monto mínimo».

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