La pena máxima recayó sobre Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi. Los otros tres imputados fueron considerados partícipes secundarios y fueron condenados a 15 años.
Cinco de los ocho jóvenes juzgados por el crimen de Fernando Báez Sosa, cometido el 18 de enero del 2020 a la salida de un boliche de la localidad balnearia de Villa Gesell, fueron condenados este lunes a prisión perpetua como coautores del homicidio, mientras que los otros tres recibieron la pena de 15 años de prisión por haber sido considerados partícipes secundarios.
La condena fue dada a conocer este mediodía por el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de la ciudad de Dolores, que entendió en un fallo unánime que Máximo Thomsen (23), Ciro Pertossi (22), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23) y Luciano Pertossi (21) fueron coautores del delito de «homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado por dos o más personas y por alevosía en concurso ideal de lesiones leves», cuya única pena posible es la prisión perpetua.
Los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia entendieron además que Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23) y Lucas Pertossi (23) fueron «partícipes secundarios» del mismo delito y se les aplicó una pena de 15 años de prisión.
Tras oír el veredicto condenatorio y el monto de la pena, Thomsen se descompensó, mientras su madre, Rosalía Zárate, pedía que fuera asistido, lo que obligó al tribunal a interrumpir la lectura durante cinco minutos y desalojar la sala de audiencias en el primer piso del edificio, repleta con cerca de cien personas, entre periodistas, familiares de los acusados, los padres y familiares de Fernando, abogados, jueces y funcionarios judiciales.
Los magistrados pidieron además que se investigue a Juan Pedro Guarino (21), imputado en el inicio de la causa y luego sobreseído, y a Tomás Colazo (19), menor de edad al momento del hecho, que no fue acusado pero fue señalado por los abogados de la familia de la víctima como «el sospechoso número 11».
La fiscalía había solicitado la imputación de ambos en ese sentido, por entender que, por «omisión», mintieron al declarar como testigos en la audiencia del 18 de enero.
Apenas finalizada la audiencia, los condenados fueron trasladados nuevamente a la Unidad Penal 6 de Dolores, y a través de un oficio, el tribunal solicitó que fueran alojados nuevamente en la Alcaidía 3 del penal bonaerense de Melchor Romero, en La Plata, donde cumplían prisión preventiva desde el 13 de marzo de 2020 hasta el inicio del juicio.