El proyecto de ley obtuvo sanción definitiva en el Senado provincial y pasa al Ejecutivo para su promulgación. Podrá penarse con un arresto de hasta 20 días.
Con la presencia de 18 senadores y presidida por el Vicegobernador Antonio Marocco, se desarrolló la 23º Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores. En la jornada uno de los proyectos de ley aprobados es la incorporación del acoso callejero al Código Contravencional.
Se aprobó en definitiva el el Proyecto de Ley en revisión, por el cual se incorpora el art. 115 a la Ley 7.135 “Código Contravencional de la provincia de Salta. La norma dice lo siguiente:
<<Será sancionado con arresto de hasta veinte (20) días o multa de hasta veinte (20) días, quien en espacios públicos o privados de acceso público, despliegue conductas o acciones, físicas o verbales, con connotación sexual, en contra de cualquier persona, que de manera directa o indirecta afecte o perturbe su vida, dignidad, libertad, integridad física o psicológica o la libre circulación creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo, siempre y cuando el hecho no configure delito>>.
La senadora Silvina Abilés explicó que este proyecto ya fue aprobado en 2018 en la cámara alta pero que después en Diputados venció su estado parlamentario. Ahora reflotado, destacó que «se sancione las conductas con las cuales se intimide a las personas. El piropo que molesta a la mujer en su mayoría, puede llevar a modificaciones de conducta, por eso buscamos la libertad de circular sin sufrir acoso», afirmó.
«Esta en el Código Contravencional será materia de denuncia policial», indicó, aclarando que hay varones que también sufren este tipo de conductas callejeras-