Sancionó la ordenanza para establecer de modo excepcional un régimen especial y transitorio de regularización y pago de tributos, intereses, recargos y multas municipales.
Un régimen especial y transitorio de regularización y pago de los tributos, intereses, recargos, multas, sanciones y/o demás obligaciones cuya recaudación se encuentre a cargo de la Municipalidad de la ciudad de Salta fue aprobado por el Concejo Deliberante de Salta en la sesión ordinaria de este miércoles.
Se desarrollará en dos tramos, el primero tendrá vigencia hasta 31 de julio de 2021 y el segundo hasta el 31 de agosto de 2021. Siendo aplicable a las deudas de obligaciones tributarias como no tributarias anteriores al 31 de marzo del corriente.
En el articulado se consigna que, quienes adhieran, gozarán de una reducción que abarcará los intereses resarcitorios, los intereses financieros, y de recargas y multas. Contemplando que el porcentaje de la reducción dependerá de la forma de pago, que podrá ser al contado o mediante planes de 2 a 6 y de 7 a 12 pagos.
El edil y miembro informante, Ángel Causarano (UCS), consignó que con la aprobación del Proyecto “damos una muestra de apoyo al Ejecutivo en una época de crisis como la que estamos viviendo”. Además, señaló que el texto busca dar una respuesta a los problemas por los que atraviesan los vecinos y los comercios.
En relación a las obligaciones tributarias, el texto señala que los contribuyentes y/o responsables que se adhieran en el primer tramo, gozarán de una reducción de los intereses resarcitorios que van desde el 100% hasta un 30%; en relación a los intereses financieros se indica que será del 60% hasta 30%; y en el caso de los recargos, multas y sanciones irá desde el 40% hasta el 30%. En tanto, en el segundo tramo se fija que la reducción de intereses resarcitorios irán de un 80% hasta un 20%, los que corresponden a los intereses de financiación y por recargos, multas y sanciones serán desde un 40% y hasta un 20%. Estos porcentajes dependerán si el pago es al contado o mediante un plan de facilidad de pago de 2 a 6 cuotas o de 7 a 12.
Al respecto el concejal Santiago Alurralde informó que “nos hacía ruido que uno de los articulados habla sobre multas, debemos hacer un párate, decir que bajo ninguna circunstancia la irresponsabilidad debe tener premio, porque esto viene a serlo, bajo ninguna circunstancia una persona que tiene una multa, por alcoholemia o fiestas clandestinas por ejemplo, puede tener un beneficio”, sentenció.
En lo referido a las obligaciones no tributarias, se consigna que podrán regularizarse las multas por infracciones de tránsito, ambientales, de control comercial, de obras públicas y planeamiento urbano, de inspección y servicios públicos, labradas hasta el 31 de marzo de 2021. Aquellos que adhieran en el primer tramo gozarán de una reducción en los montos de las multas de un 50% hasta el 20% y en relación a los intereses financieros desde un 50% hasta un 20%, según el método de pago.
Mientras que en el segundo tramo del régimen la reducción de la multa será de un 40% hasta un 10% y de los intereses de financiación de un 40% a un 20%. En este punto se establece que, cuando sea factible otorgar el beneficio de pago voluntario al infractor, el mismo no podrá acumularse con la reducción de la infracción precitada. Además, se consigna que la deuda resultante del derecho de estadía sobre vehículos detenidos en depósitos de la Municipalidad de Salta, queda reducida al cincuenta por ciento (50%). Cabe señalar que el acogimiento por el infractor al régimen sólo tendrá como efecto la extinción de multa e infracción, sin que ello implique de manera alguna regularización, subsanación o convalidación de situaciones de hecho que se encontraran en contravención.
Con el acuerdo de los concejales se introdujo un párrafo a la iniciativa, el cual establece que no podrán acceder a los beneficios las siguientes multas o infracciones de tránsito y de emergencia sanitaria por dengue y COVID: conducir con alcohol en sangre o bajo los efectos de estupefacientes; no respetar semáforos en rojo; exceder el límite de velocidad permitido; fiestas clandestinas; desmalezado de terrenos baldíos; y conducir utilizando auriculares o sistemas de comunicación manual continuo o pantallas de video.