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Entró en vigencia la Emergencia Turística en la ciudad de Salta

Hasta el 31 de diciembre, las empresas dedicadas al turismo y afectadas por la pandemia pueden adherirse a los beneficios de la Ordenanza 15.854.

La Municipalidad de Salta a través del decreto N°0336 publicado en el boletín oficial reglamentó la Ordenanza 15.854 que declara hasta el 31 de diciembre de 2021, la Emergencia Turística en la ciudad.

Los contribuyentes del sector turístico interesados en acogerse a los beneficios de la Emergencia Turística deben solicitarlo a través del formulario que se podrá descargar de la página web https://saltaciudad.travel/emergencia-turistica/.

La documentación, podrá ser presentada de forma física en el horario de 8 a 20 en Caseros 711 o vía correo electrónico a la dirección emergenciaturistica@municipalidadsalta.gob.ar. Este correo electrónico servirá también para las consultas sobre los trámites.

“Desde la Municipalidad seguimos acompañando a los sectores productivos. El turismo es muy importante para nuestra ciudad y en estos momentos es fundamental generar herramientas para colaborar con su sostenimiento para el proceso de reactivación”, expresó el secretario de Cultura y Turismo municipal, Fernando García Soria.

Recordamos que la ordenanza de Emergencia Turística contempla beneficios sobre la Tasa de Publicidad y Propaganda, la contribución que Incide sobre la Ocupación o Utilización de Espacios del Dominio Público, el Impuesto Inmobiliario, la Tasa General de Inmuebles, el Impuesto a la Radicación de Automotores y  la prórroga a los vencimientos de las habilitaciones comerciales hasta el 31/12/2021 y aquellas cuyo vencimiento hubiera operado desde el 01/03/2020.

Para más información dirigirse a emergenciaturistica@municipalidadsalta.gob.ar.

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