Trabajadores esenciales podrán circular con mayor facilidad entre estas provincias y Salta. Se espera avanzar en otra etapa con acuerdos similares con Jujuy, Catamarca, Chaco y Formosa. Se solicitará el certificado nacional para la circulación, resultado negativo en estudio PCR o positivo para IgG, entre otros requisitos.
Los gobiernos provinciales de Salta, Santiago del Estero y Tucumán firmaron convenios virtuales que autorizan la circulación de trabajadores esenciales en vehículos particulares entre estas provincias, creando el marco normativo y dar claridad a los requisitos que se deben cumplir.
Los ministros de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, y Producción y Desarrollo Sustentable, Ricardo Villada y Martín de los Ríos, respectivamente firmaron un convenio, de forma virtual, con el ministro de Seguridad y secretario del Comité Operativo de Emergencias de Tucumán, Claudio Maley.
Además se firmó un documento similar con funcionarios del Gobierno de Santiago del Estero; los ministros de Gobierno, Seguridad y Culto; y de la Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras, Marcelo Babur y Miguel Mandrille, respectivamente.
En este sentido; las actividades liberadas para el ingreso a las provincias se realizarán a través de las rutas nacionales Nº 9, 34, 40, para el límite con Tucumán, y las rutas nacionales N° 34 y 16, y rutas provinciales N° 175 y 2 para el límite con Santiago del Estero.
Estarán permitidas para la circulación los sectores de: las industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios; actividades y servicios vinculados con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca y el transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP, la actividad minera y las actividades industriales, materias primas, maquinarias e insumos y transporte de caudales.
El ministro de los Ríos aseguró que “en el marco de encontrar un equilibrio entre la reactivación económica a través de la matriz productiva y la seguridad sanitaria, hemos avanzado con estas dos provincias pero adelantó que se trabaja para firmar entendimientos similares con Catamarca, Jujuy Chaco y Formosa.
Requisitos para el ingreso
Al ingreso y egreso deberán presentar al control policial y sanitario de cada jurisdicción la siguiente documentación:
Documento Nacional de Identidad |
Certificado Nacional Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19. |
Certificado o Constancia, con una antigüedad máxima de 14 días de la fecha de toma de muestra, de estudio realizado con algún método de diagnóstico antígeno disponible en el país para SARS CoV2 y/o test de detección de anticuerpos con resultados IgG (+) e IgM (-) para cada persona que ingrese a la provincia. |
Declaración Jurada firmada que las personas autorizadas a ingresar no utilizarán el certificado para circular en zonas urbanas, así como también, de su autorización expresa a permitir el rastreo de su recorrido mediante el sistema de registro que cada jurisdicción habilite a tal fin. Detallar el recorrido y el lugar donde residirá y donde prestará servicio y/o entregará los insumos o mercaderías. |
Protocolo sanitario aplicable y específico aprobado por la autoridad sanitaria provincial de la jurisdicción en donde se ejecuten efectivamente los servicios o se desarrolle la actividad. |
La capacidad máxima de ocupantes por vehículo es de dos personas y todas ellas deberán usar barbijos y/o tapabocas, contar al alcance con alcohol en gel al 70 % o su equivalente. |
Los ingresantes deberán someterse a control de temperatura por parte del personal sanitario o policial cada vez que le sea requerido y en caso que se estime necesario por cuestiones sanitarias deberán someterse a un nuevo test rápido IgM e IgG para sars-Cov2 o PCR.
ü Los tripulantes del vehículo no podrán realizar paradas intermedias entre las zonas limítrofes y el lugar de trabajo comprometiéndose a seguir todas las indicaciones de las autoridades policiales de cada jurisdicción |
El reingreso a la provincia de origen deberá realizarse dentro de los 7 (siete) días de realizado el cruce limítrofe y se deberá informar al personal policial lugar de procedencia y destino. |