García Castiella se expidió sobre la necesidad de admitir la acusación oportunamente efectuada al juez Edgardo Laurenci por su actuación ante la fuga del homicida de Liliana Ledesma, Lino Ademar Moreno.
El pasado 28 de septiembre, el Procurador General de la Provincia acusó ante el Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados al juez de Orán, Edgardo Lauranci, por considerar que su actuar constituyó mal desempeño e incumplió sus deberes como magistrado jurisdiccional, en relación con la fuga del sicario Lino Moreno, y pidió la destitución.
Tal como lo prevé el trámite de la Ley 7138, el Jurado corrió vista al denunciado para que conteste la acusación y ofrezca pruebas, al tiempo que también corrió vista al Procurador General.
En respuesta de esa vista, en el día de la fecha el Procurador General García Castiella ratificó su posición y se expidió sobre la admisibilidad formal de la acusación, ya que ese es el sentido de la opinión que se le requirió en esta instancia -hecho que implica solicitar la apertura formal del procedimiento de enjuiciamiento y la suspensión preventiva del acusado-.
En el escrito, se destacó que la acusación formulada cumple adecuadamente con los requisitos legales, pues ha individualizado correctamente al magistrado al que se acusa, contiene una exposición clara y precisa de los hechos en que se funda, una adecuada relación entre el contenido fáctico y las normas que se enuncian, una explicación somera de las causales constitucionales y legales previstas y por las que se solicita el juicio y, por último, un adelanto de la prueba que se ofrece para la instancia de debate.
Destacó el Procurador General que resulta relevante, pertinente y conveniente que el Jurado se expida sobre la admisión de la acusación instada por su parte, a los fines de que la sociedad salteña tenga la oportunidad de conocer, mediante la correspondiente audiencia de debate oral y pública, los graves hechos que fueron denunciados, la prueba que allí se producirá, la defensa que pueda articular el denunciado y, en definitiva, la valoración –ceñida a las pruebas que en ese acto se produzcan- sobre si el juez Edgardo Osvaldo Laurenci se encuentra o no en condiciones de seguir ejerciendo la magistratura jurisdiccional.
La denuncia
Lino Moreno inicialmente había recibido una condena de 6 años de prisión por los delitos de homicidio en grado de tentativa y abuso de armas en concurso real, sin embargo, logró evadirla en el año 2001. Posteriormente, tras su recaptura, fue condenado a 6 años de prisión en otra causa el 17 de febrero de 2005, por los delitos de evasión, robo calificado y privación ilegítima de la libertad agravada. Como resultado, el 27 de mayo de 2005, se decidió unificar ambas condenas en una única pena de 12 años de prisión.
Durante el cumplimiento de esa pena unificada, Lino Moreno logró escapar nuevamente el 30 de agosto de 2006. En esta ocasión, ejecutó el homicidio de Liliana Ledesma, lo que dio origen a su última condena. Es así que en el Expte. N° 4040/08, de trámite ante el Tribunal de Juicio Sala I del Distrito Judicial Orán, en fecha 14 de junio de 2010, Moreno fue condenado por el delito de homicidio calificado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas en grado de coautores. El 4 de junio de 2016 el propio Juez Edgardo Laurenci unificó las sanciones a la pena única de prisión perpetua.
En el trámite de la ejecución de esa condena perpetua, Edgardo Laurenci, actuando como Juez de Ejecución, resolvió conceder salidas transitorias a Lino Moreno, pese a la negativa fundada de la Fiscal actuante y de la familia de la víctima, argumentando que el interno reunía los requisitos necesarios para gozar de ese beneficio, que cumplía regularmente los reglamentos vigentes, las condiciones establecidas, poseía conducta ejemplar y llevaba cumplida más de la mitad de la pena que se le había impuesto.
No obstante, el pasado 18 de junio de este año, Moreno no regresó a la Unidad Carcelaria luego de usufructuar uno de sus permisos de salida. El día domimgo 18 de Junio a Hs. 20,00, cuando se hizo evidente su ausencia, fue anoticiado por parte del Servicio Penitenciario telefónicamente, seguno consta en lo informado por el S.P:P,;el Juez Laurenci se limitó a solicitar al Servicio Penitenciario que le remita las actuaciones. Estos documentos llegaron a su despacho y luego de correr vistas improcedentes, recién en fecha 6 de julio el magistrado resolvió revocar el beneficio que había concedido y ordenó a la policía que se constituya en el domicilio del cual se había escapado Moreno para proceder a su detención. En caso de resultar el mismo negativo, instruyó que se inserte a la orden del día su captura.
Los infortunados desaciertos del Juez no terminaron allí, puesto que la orden que entregó a la policía en esa ocasión incluía información incorrecta sobre la ubicación donde debían llevar a cabo la búsqueda y detención, así como también sobre el documento de identidad y prontuario de Moreno. Esto resultó en intentos infructuosos por parte de la Policía para localizar la dirección correcta, además de la imposibilidad de registrar su captura debido a la inexactitud de los datos proporcionados. Es así que cincuenta y dos días después de conocer la ausencia de Moreno, el 9 de agosto, el Juez Laurenci corrigió el oficio enviado a la policía. Hasta la fecha actual, lamentablemente, no se ha obtenido información alguna sobre el paradero del sicario Moreno.
El procurador general, Pedro García Castiella, el día 9 de Agosto de 2023 y tal como se informara públicamente en aquella ocasión, al tomar conocimiento de la fuga del condenado Moreno, solicitó informes a la Presidencia de la Corte de Justicia, que inmediatamente proporcionó copias de los expedientes relacionados con el caso. Además, a la Fiscal de Graves Atentados contra las Personas del Distrito Judicial Orán, Claudia Carreras, solicitando información sobre su actuación en el caso. En igual sentido y el mismo día, se dirigió al Ministerio de Seguridad y Justicia a los fines de que remita copia de las actuaciones con las que cuenta el Servicio Penitenciario, las cuales fueron enviadas el 31 de agosto en respuesta a su solicitud. Por último, al Jefe de Policía de la Provincia, requiriendo información acerca de las medidas y acciones adoptadas para dar con el paradero del fugitivo. Hasta la fecha, no ha recibido ninguna respuesta por parte de este último.
Basándose en la documentación que le fue remitida, el Procurador ha presentado una acusación formal ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados contra Edgardo Laurenci, por considerar que actuó con falta de diligencia, impericia y en incumplimiento de los deberes a su cargo, omitiendo arbitrar medidas urgentes e indispensables para evitar consecuencias ulteriores, puesto que el rápido accionar ante un supuesto como el que le fue comunicado podría haber conllevado a lograr la captura de Moreno y así neutralizar la fuga que hoy se verifica.
Destacó el Procurador que la imputación se funda en hechos graves, que autorizan razonablemente a poner en duda la rectitud de conducta del magistrado denunciado y su capacidad para el normal desempeño de la función que le fue confiada, con daño del servicio de justicia y menoscabo de la investidura jurisdiccional.