La medida abarca tanto al servicio impropio del área metropolitana y se hace extensiva para los remises interjurisdiccionales.
El Directorio de la Autoridad Metropolitana de Transporte dispuso mediante la orden regulatoria 8/21, modificar el primer párrafo de la orden regulatoria 13/20, y autorizar a los taxistas y remiseros a trasladar hasta un máximo de 4 pasajeros por cada unidad habilitada.
La misma orden regulatoria habilita a cada chofer, por cuestiones de cuidado personal y salud, a mantener la limitación de 3 personas transportadas.
Asimismo, la AMT aclara que se mantiene la obligatoriedad de la aislación física, establecida en la orden regulatoria 18/20.
Dicha autorización es para los prestadores de la modalidad impropio, (taxis y remises) del área metropolitana y para los remises interjurisdiccionales, (que prestan servicio en la Provincia).
Cabe aclarar que, si bien la situación epidemiológica presenta una considerable disminución de los casos por COVID 19, este organismo mantiene la alerta y el control en la implementación de las medidas de prevención recomendadas por las carteras sanitarias, tanto del Gobierno nacional como provincial, para el uso del sistema de transporte.