Por Martín Ávila
Días atrás celebramos un año más del día del maestro, fecha elegida en homenaje al ex presidente Domingo Faustino Sarmiento, fallecido el 11 de setiembre de 1888, el feriado fue instituido mediante Decreto presidencial Nº 21215 del año 1945 en reconocimiento a su empeño por imponer la educación pública y gratuita.
En 1869, cuando Sarmiento era Presidente (1868-1874), durante el Primer Censo Nacional, los resultados sobre educación arrojaron el índice de analfabetismo altísimo, el 81,8 % del total de mujeres eran analfabetas, en tanto que en los varones era de 74,9 %, lo que lo llevó a idear un plan de alfabetización.
Durante la presidencia de Julio A. Roca, se creó por decreto el Consejo Nacional de Educación el 21 de enero de 1881, organismo que fue dirigido inicialmente por Sarmiento, que ponía bajo la órbita del poder ejecutivo la administración de las escuelas primarias de la Ciudad de Buenos Aires, para luego extender su control a todas las escuelas nacionales del país, de allí que fue el mismo Sarmiento quien inició la lucha por la creación de escuelas y la formación de docentes.
Su impulso llevó a la sanción de Ley de Educación Común N° 1420, promulgada en 1884, que estableció por primera vez la obligatoriedad, la gratuidad y la laicidad de la educación para todos los niños de 6 a 14 años, y se instauró el derecho a que todos los habitantes del país que residieran en localidades de más de 300 habitantes pudieran contar con una escuela pública a su alcance, también el uso del delantal blanco como uniforme escolar, paradigma de un ideal de igualdad.
Luego, en 1945, se sancionó la Ley de Enseñanza Secundaria y Superior, que estableció la gratuidad de la educación secundaria y superior en Argentina. En el Censo Nacional 2010 del INDEC, el porcentaje de alfabetización ascendió al 98,1 % de la población, lo que evidencia que el plan de Sarmiento funcionó.
Durante la década de los ‘90 el programa de la desregulación y la privatización condujo a la descentralización del sistema de la escuela media argentina, por lo que, a partir de 1992, la administración y la financiación de las escuelas se convirtieron en una responsabilidad provincial, aunque la coparticipación federal no aumentó acorde a ello, sobre todo teniendo en cuenta la decisión de mover dos años de la escuela secundaria a la primaria, cada provincia debía imprimirle a sus escuelas su estilo y contenidos propios, garantizándose un piso mínimo de 180 días de clases.
Es de destacar que en el año 2005, la ley de educación nacional estableció un incremento progresivo de la inversión en educación, ciencias y tecnología por parte del gobierno nacional y las demás jurisdicciones, para alcanzar una participación del 6 % del Producto Bruto Interno.
En referencia a la Educación Universitaria, la primera ley fue la Nº 1597 o ‘ley Avellaneda’, donde las universidades existentes reformularon sus estatutos para quedar divididas en facultades que gozaban de un grado alto de autonomía con respecto a la administración central formada por el rector y el Consejo Superior, pero nada decía sobre una orientación profesionalista que contribuya a consolidar una sólida conciencia nacional, promover el desarrollo de la ciencia y formar adecuadamente a la clase política, lo que aparejó nuevos cambios como la creación de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires en 1896 y, la fundación de la Universidad Nacional de La Plata en 1905, pensada originalmente para desarrollarse en base a un modelo distinto del de Buenos Aires y Córdoba.
A principios de 1918, los estudiantes cordobeses se rebelaron contra su arcaico gobierno universitario e iniciaron la gesta conocida hoy como la Reforma Universitaria, la solución consistió en asegurar la participación de los estudiantes en la elección del gobierno de las universidades. La reforma se impuso en las tres universidades nacionales y luego en las del Litoral y Tucumán.
El 22 de noviembre de 1949 se decretó la gratuidad universitaria, medida que cambió para siempre el rumbo del sistema de educación superior argentino, mediante el Decreto Nº 29337 de Supresión de Aranceles Universitarios.
Durante las dictaduras o gobiernos dictatoriales se implementó un proceso de arancelamiento y cierre de las universidades, las mismas representaron a lo largo de la historia la formación de líderes sociales que atentaban contra los regímenes arbitrarios, lo que explica la medida.
Con el retorno de la democracia, en 1983, las universidades públicas recuperaron su autonomía basada en el cogobierno y la participación de los claustros, nuevamente se afirmó el principio de la gratuidad y el ingreso abierto, aunque nuevamente hubo en el año 2001 un nuevo intento de arancelamiento, que fue frustrado.
Contrariamente a esta historia centenaria de Educación Pública y Gratuita de la nación Argentina está el arancelamiento, es decir, que toda la educación pública deje de ser gratuita, y que se pague por ella.
Una de las formas de arancelamiento es el denominado ‘voucher educativo’, en donde se toma como primera medida arancelar toda la educación pública, estableciéndose tarifas por cada ciclo, primario, secundario y universitario, y luego, estimar un presupuesto mínimo del estado para repartir para cada alumno, entregándole un voucher o cheque con un monto, y luego cada alumno elige donde ir, pagando el saldo que exceda el voucher, de acuerdo a los precios establecidos por las escuelas o universidades, sujeto al mercado y voluntad del gobernante de turno, es decir, en definitiva, con este sistema, se contraría la idiosincrasia y la educación pública argentina, produciendo que la educación deje de ser un derecho universal y centenario para pasar a ser paga o arancelada.
El sistema del voucher, también quita la obligatoriedad de la educación pública, atentando, incluso, contra el mismo plan de Sarmiento.
Sabido es que los derechos son conquistas sociales, tienen su historia, y aunque muchos de ellos hoy estén naturalizados, siempre están en riesgo de ser cercenados, sobre todo en épocas de crisis, donde para algunos parece mucho más fácil proponer destruir que construir, por ello resulta esencial conocer la historia de cada derecho ganado.
El art. 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, vigente en Argentina y con jerarquía constitucional, establece el principio de progresividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, es decir, ‘el Estado tiene la obligación de actuar expeditamente y con eficacia hacia la meta de la realización de los derechos de que se trata y, a tal fin, es capital que se les asigne prioridad, previendo para ello los recursos necesarios en cada ocasión y a la luz de las disponibilidades’, echa luz sobre su alcance la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, sin regresividad, es decir, no adoptando normas jurídicas cuya aplicación afecte el nivel de protección ya adquirido.