Un sujeto de 51 años fue condenado en juicio abreviado a la pena de seis meses de prisión condicional por el delito de abuso sexual simple tras haber manoseado a una nena que regresaba de la escuela.
El imputado fue denunciado por la madre de la víctima, que tenía 9 años al momento de los hechos. La mujer refirió que su hija le contó que, de regreso de la escuela, el acusado se le acercó, le levantó la pollera y le tocó la cola. La denunciante ubicaba al acusado porque siempre se reunía con otros vecinos a tomar en la vía pública.
Al momento del hecho, la niña iba con dos compañeritas. Al llegar a su casa le contó a su madre lo ocurrido. Le dijo que el sujeto se encontraba alcoholizado y que ella corrió, pero él la persiguió hasta lograr levantarle la falda.
El procedimiento abreviado estuvo presidido por la jueza Paola Marocco, vocal de la Sala VII del Tribunal de Juicio.
La condena fue de dos años condicionales, es decir, no irá a prisión. En cambio, durante ese periodo deberá fijar residencia en Salta e informar al tribunal cualquier cambio; someterse al control del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados; mantenerse alejado de la denunciante y de su grupo familiar, de su domicilio y de los lugares que ellos frecuenten y donde realicen sus actividades diarias.
Además, deberá abstenerse de comunicarse con la denunciante y su familia por cualquier medio, así como de ejercer actos de violencia física o psíquica en su contra; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; realizar tratamiento psicológico o médico por su adicción al alcohol por el tiempo que un profesional recomiende, iniciarlo en un plazo de quince días y presentar ante el tribunal las constancias correspondientes. Todo ello con apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la condena dictada en caso de incumplimiento injustificado.
Finalmente, la jueza ordenó que se le realice examen de ADN al condenado para su inscripción en los bancos de datos genéticos provincial y nacional.