Rige para mujeres con causas penales en curso por abortos practicados dentro de las 14 semanas del proceso gestacional. La Justicia deberá proceder automáticamente en cuanto entre en vigencia la ley 27610 (IVE).
Las mujeres con causas penales en curso por abortos practicados dentro de las 14 semanas del proceso gestacional deberán ser sobreseídas automáticamente por la Justicia en cuanto entre en vigencia la flamante ley 27610 de interrupción voluntaria del embarazo (IVE), sancionada el pasado miércoles por el Senado.
La abogada feminista Soledad Deza dijo que las mujeres criminalizadas por aborto dentro del primer trimestre de gestación «inmediatamente debieran quedar sobreseídas».
«No es lo mismo que se archive la causa, hay que sobreseerlas», enfatizó la profesional, que fue abogada de mujeres que pasaron por esta situación, como Belén, la joven tucumana que estuvo presa por un aborto espontáneo y de quien Deza logró la libertad y el sobreseimiento.
La ley votada establece que el aborto se permitirá hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional.
Voceras del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad (MGyD) coincidieron con la abogada.
«Siempre que los abortos sean compatibles con lo que se estipula ahora en la ley (antes de la semana 14 e inclusive), juezas y jueces que intervienen en esas causas tienen que actuar de oficio, es decir, no lo tiene que pedir nadie, y deben aplicar la ley penal más benigna, que es la nueva ley donde ya no es delito cometer un aborto antes de la semana 14», detallaron.
En mismo sentido se pronunció una funcionaria del Ministerio Público Fiscal: «En esos casos no debería haber dudas», enfatizó.
Otra indagación desde la sociedad civil es la del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que comenzó a hacer un relevamiento en 2019, y que en la actualización de la semana pasada detectó 1.532 mujeres que afrontan causas penales por aborto y 37 por eventos obstétricos criminalizados en 17 provincias argentinas.