El Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta solicitó a la Corte de Justicia de la Provincia difiera el procedimiento de convocatoria a la Convencional Constituyente.
Esta petición cautelar urgente, se formuló en el marco de la acción de amparo que tiene planteada el FOCIS pidiendo se declare inconstitucional, el artículo 3 de la Ley Provincial 8239 que convocaba a elección de constituyentes.
El argumento esencial de la presentación inicial que realizó el Foro fue que la ley impugnada incurría en una grave afectación de principios constitucionales, derechos humanos esenciales de los ciudadanos como son el derecho al igual valor del sufragio, al principio de razonabilidad y a la igualdad ante la Ley.
“El sistema electoral elegido en la Ley que se impugna contiene un vicio esencial al no tener el mismo valor del voto para elegir sus representantes un ciudadano que vota en los distritos más poblados de la Provincia, como son Capital, Orán y San Martín, con aquellos que votan en Departamentos que tienen menos habitantes”, explicaron desde FOCIS.
Ante la inacción por parte de la Corte de Justicia Provincial es que el Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta realizó esta nueva presentación solicitando, como medida cautelar urgente, se suspenda la reunión de Convención Constituyente con el propósito de evitar que la acción de inconstitucionalidad se convierta en ineficaz por la ilegal via de los hechos consumados.