IFE

Reanudan el juicio a tres ex gerentes del PAMI que cobraron el IFE

Tras el rechazo de la Cámara Federal de Casación Penal a que se aplique el beneficio de suspensión de juicio a prueba al caso, el lunes se retoma el juicio.

El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta reanudará el lunes el juicio seguido contra los ex gerentes del PAMI de las localidades de Orán, El Carril y Embarcación, acusados por el delito de defraudación a la Administración Pública al haber percibido el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

El debate, que se había iniciado el 4 de mayo pasado, quedó suspendido en la apertura misma a raíz de las impugnaciones planteadas por las defensas de los tres acusados, quienes pidieron acogerse a la suspensión de juicio a prueba.

La solicitud fue rechazada por el tribunal unipersonal, a cargo de la jueza Marta Liliana Snopek, en coincidencia con la postura del fiscal federal Ricardo Toranzos del Área de Casos Complejos, quien se opuso al otorgamiento de ese instituto.

Las impugnaciones de las defensas provocaron un nuevo examen del caso. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la decisión a través del camarista Daniel Petrone, quien intervino como juez de Revisión del proceso reglado por el Código Procesal Penal Federal, que rige en las provincias de Salta y Jujuy desde 2019.

El fiscal Toranzos lleva adelante la acusación penal contra Viviana Fernández, Emilia Juárez y Javier Eduardo Navarreta, quienes eran gerentes de PAMI en las sucursales de Orán, El Carril y Embarcación, respectivamente.

La acusación surgió tras comprobarse que los ex funcionarios habían solicitado y percibido el IFE, un beneficio dispuesto por el decreto 310/2020 del Poder Ejecutivo Nacional para mitigar la grave crisis económica emergente por las medidas sanitarias impuestas durante la fase 1 en el marco de la pandemia del COVID-19.

Tras la formalización del caso, el 19 de noviembre de 2020, los defensores públicos Ximena Colombres (por Fernández) y Agustín Mogaburu (por Juárez y Navarreta) plantearon ante la fiscalía la aplicación de la suspensión de juicio a prueba, posibilidad que fue rechazada por el fiscal Toranzos.

La denegatoria se basó en razones de política criminal y la imposibilidad de aplicación de ese instituto por el carácter de funcionarios públicos de los acusados, tal como lo establece el artículo 76 bis del Código Penal cuando surge una pena conjunta, siendo en este caso la inhabilitación perpetua, agravante contemplado en el artículo 174 del mismo cuerpo normativo.

No obstante, al comenzar el juicio ante el Tribunal Oral Federal N°1, los defensores volvieron a solicitar la suspensión de juicio a prueba, planteo que nuevamente fue rechazado por la fiscalía y que fue seguido en la resolución por la jueza Snopek.

Las defensas alegaron que la previsión de inhabilitación del artículo 76 bis no es un impedimento legal, se pronunciaron por la tesis amplia de aplicación del instituto y destacaron el ofrecimiento realizado en materia de reparación del daño, que incluye el pago de 28 mil pesos y la decisión de sus clientes de auto inhabilitarse para el ejercicio de la función pública.

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