En un juicio abreviado, dos hombres y una mujer fueron condenados por hechos delictivos cometidos en dos fincas ubicadas en el departamento General Güemes.
El 3 de mayo del año pasado, el propietario de uno de los inmuebles llegó al lugar y se dio con la novedad de que desconocidos habían ingresado durante la noche y habían revuelto todo. El denunciante notó que le faltaban tres bozales con sus riendas. Al revisar los corrales, encontró los restos (cabezas, patas y vísceras) de tres animales vacunos que habían sido faenados.
Por los indicios hallados en el lugar, advirtió que los intrusos habían cocinado y descansado en su propiedad antes de llevarse la carne faenada.
Ese mismo día, el propietario de la finca vecina, advirtió que también habían ingresado a su predio luego de romper el candado de la tranquera. De un galpón, los imputados le sustrajeron un conversor. También advirtió que habían movido de su lugar la máquina retroexcavadora, en la cual se desplazaron a la finca vecina para cargar los animales faenados. El damnificado dedujo esto porque en la pala quedaban restos de sangre.
Por los delitos fueron condenados Luis Eliseo Medina (31) a la pena de tres años de prisión por ser considerado coautor de los delitos de abigeato, hurto simple y robo en despoblado, y autor de los delitos de violación de las medidas establecidas por las leyes de policía animal (dos hechos) y violación de las medidas dispuestas por la autoridad para evitar la propagación de una epidemia, todo en concurso real.
Juan Carlos Montero (52), en tanto, fue condenado a tres años de prisión condicional como coautor de los delitos de abigeato, hurto simple y robo en despoblado, y autor penalmente responsable de violación de las medidas establecidas por las leyes de policía animal (dos hechos) y violación de las medidas dispuestas por la autoridad para evitar la propagación de una epidemia, todo en concurso real.
Por último, una mujer de 41 años resultó condenada a seis meses de prisión condicional por los delitos de violación de las medidas establecidas por las leyes de policía animal y autora de encubrimiento, todo en concurso real.
Los dos imputados condenados a prisión condicional deberán, por dos años, fijar domicilio y comunicar al tribunal cualquier cambio dentro de las 48 horas, tendrán prohibido acercarse a menos de 200 metros de los denunciantes, sus domicilios y lugares de trabajo, también tendrán prohibido ejercer todo tipo de acto de violencia en su contra, por cualquier medio, y deberán abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas.
Los tres imputados fueron condenados en un juicio unipersonal presidido por el juez Martín Fernando Pérez, vocal de la Sala I.