La Corte Suprema dejó sin efecto el fallo que lo condenaba a prisión perpetua, argumentando la falta de pruebas y el incumplimiento del Código Procesal Penal de Salta, que exige un juicio adecuado.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso de queja de la defensa de Santos Clemente Vera, uno de los condenados por el doble crimen de las turistas francesas cometido en 2011 en Salta, dejó sin efecto su sentencia a prisión perpetua que se había dictado en segunda instancia y dispuso que «se dicte un nuevo fallo».
A partir de este fallo del máximo tribunal del país, los abogados de Vera, quien en el juicio oral de primera instancia había sido absuelto, analiza la posibilidad de pedir su excarcelación.
La resolución, firmada por los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, dispuso que «se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada».
Los magistrados tuvieron en cuenta el pedido del procurador general de la Nación, Eduardo Casal, quien en 2020 emitió un dictamen en el que opinó que «corresponde hacer lugar a la queja interpuesta» y «declarar parcialmente admisible el recurso extraordinario».
«No debe verse en el sentido de este pronunciamiento una injerencia indebida de esta Corte en una cuestión de índole local, pues en realidad lo que se está decidiendo es que se respete la normativa procesal vigente, dictada por la propia provincia en ejercicio de sus facultades constitucionales», sostuvo el máximo tribunal.
Es que por los crímenes de Cassandre Bouvier y Houria Moumni, la Sala II del Tribunal del Juicio salteña condenó por unanimidad, el 2 de junio de 2014, a Gustavo Lasi a la pena de 30 años de prisión como autor del «robo calificado por el uso de arma, abuso sexual con acceso carnal agravado, y doble homicidio calificado criminis causa».
El tribunal también condenó a Omar Darío Ramos y Antonio Eduardo Sandoval a la pena de dos años de prisión condicional por encubrimiento calificado, mientras que a Daniel Vilte Laxi y a Vera los absolvió por el beneficio de la duda.
Sin embargo, el 3 de febrero de 2016, la Sala III del Tribunal de Impugnación de Salta revocó la sentencia absolutoria dictada a Vera y, con la firma de los jueces Luciani Martini y Arias Nallar, lo condenó a prisión perpetua por considerarlo coautor de los mismos delitos que Lasi, por lo que la defensa recurrió a la Corte de la provincia, que no hizo lugar a la apelación.
Por su parte, la organización Innocence Project -creada en los Estados Unidos y cuyo fin es revertir condenas de personas inocentes- patrocinó a Vera desde 2017 y es la que tramitaba el recurso de queja contra de la denegación del recurso extraordinario decidida por la Corte de Justicia de Salta en ese año.
En ese recurso, la defensa de Vera solicitó que se ordene un nuevo juicio debido a que no fue escuchado por el tribunal de segunda instancia y por considerar que existieron irregularidades en la prueba genética en la que se basaron los jueces que lo condenaron.
Este acusado también tenía el apoyo de Jean Michel Bouvier, el padre de Cassandre, quien pidió en reiteradas ocasiones por la libertad de Vera y manifestó su apoyo al condenado.
Ahora, la justicia salteña deberá resolver si directamente dicta una nueva sentencia o si dispone que se realice un nuevo debate oral.
Desestiman el planteo de Gustavo Lasi
En otra sentencia, el Máximo Tribunal desestimó el planteo de Gustavo Orlando Lasi, quien también había sido condenado a prisión perpetua por el homicidio de las turistas francesas.
El tribunal de juicio había condenado a Lasi por los delitos de robo calificado por el uso de arma, abuso sexual con acceso carnal agravado y doble homicidio calificado criminis causa, todos en concurso real. Asimismo, hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua y, en consecuencia, le impuso a Lasi la pena de 30 años de prisión.
El Tribunal de Impugnación hizo lugar a los recursos presentados por el fiscal y la querella, revocó la declaración de inconstitucionalidad y dispuso que la pena impuesta a Lasi lo era a prisión perpetua. La defensa de Lasi apeló la decisión hasta llegar a la Corte, que desestimó el planteo.