Vuelos de la muerte

Vuelos de la muerte: perpetua a cuatro exmilitares

Así lo dispuso el Tribunal Oral Federal 2 de San Martín. Todos los condenados cumplían funciones en Campo de Mayo durante la dictadura. Se les realizarán exámenes médicos para mandar a los condenados a la cárcel.

La Justicia condenó este lunes a prisión perpetua a cuatro exmilitares del Ejército por los llamados «vuelos de la muerte» de la última dictadura cívico-militar, operativos que consistían en arrojar vivos y drogados al mar a detenidos desaparecidos que estaban en centros clandestinos de detención, como los que funcionaron en la exEscuela de Mecánica de la Armada (Esma), el más grande del país, o en Campo de Mayo.

La condena fue emitida por el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de San Martín contra el ex jefe de Institutos Militares de Campo de Mayo Santiago Omar Riveros; el ex comandante del batallón Luis del Valle Arce; su segundo, Delsis Ángel Malacalza, y el exoficial de operaciones de esa dependencia, Eduardo María Lance.

Los jueces Walter Venditti, Esteban Rodríguez Eggers y Matías Mancini ordenaron analizar el estado de salud de los condenados -quienes cumplen prisión domiciliaria- para determinar si están en condiciones de ir a una cárcel común a cumplir la sentencia, como lo pidió la Fiscalía.

En 2017 la Justicia había condenado por los «vuelos de la muerte» a una treintena de acusados, varios de ellos a perpetua, entre los que sobresalían los excapitanes Alfredo Astiz y Jorge «El Tigre» Acosta.

A Arancibia lo secuestraron el 11 de mayo de 1977 de su departamento en la avenida Paseo Colón. Estaba con su compañera, María Eugenia Zago, que era médica y, como él, militante del PRT. En la casa también se encontraban sus dos hijitos, Adriana y Martín. Durante el juicio, Adriana compartió un recuerdo que la acompañó durante más de cuatro décadas: su deseo de ponerle «una curita» a su papá porque lo habían lastimado. A Arancibia y a Zago se los llevaron. A los chicos inicialmente los dejaron y luego los trasladaron al Instituto Riglos –una institución para menores–.

El 24 de noviembre de ese año, el diario Clarín publicó una nota sobre Adriana y Martín, que llevaba por título «Buscan a familiares de dos niños abandonados». El artículo decía que el 11 de mayo de 1977 se habían encontrado «perdidos» o «solos», lo que a todas luces era mentira. Como forma de reparación, el TOF 2 de San Martín ordenó comunicar la sentencia al Grupo Clarín para que rectifique esa información.

 

Cárcel común

Los jueces Venditti, Rodríguez Eggers y Mancini, además, dispusieron que el Cuerpo Médico Forense (CMF) practique estudios sobre Arce, Lance y Malacalza para determinar qué patologías tienen y si pueden cumplir la condena en cárcel común. Esa resolución fue especialmente shockeante para Lance, que se agarraba la cabeza desde su casa mientras una mujer que lo acompañaba gritaba frente a la computadora.

Mientras tanto, el TOF le pidió al Ministerio de Justicia de la Nación que los incorpore al programa de vigilancia electrónica y que les coloque dispositivos de geolocalización. El caso de Riveros –el genocida multicondenado– es distinto porque está en libertad condicional, que no se hace efectiva porque aún también está a disposición de un tribunal en Comodoro Py.

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