Lo confirmó la Secretaría de Defensa del Consumidor luego de la prórroga emitida por el Banco Central de la República Argentina (BCRA). La extensión de la medida es hasta el 31 de diciembre.
El organismo provincial informa a quienes tienen créditos vigentes, que está suspendido el cobro de intereses punitorios sobre cuotas impagas de créditos otorgados por entidades financieras, incluyendo aquellos que se actualizan por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA), pero no así para las financiaciones con tarjetas de crédito.
De esta manera, los saldos impagos de créditos otorgados por entidades financieras cuyas cuotas vencen entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2020 no devengarán intereses punitorios.
Los saldos impagos deberán incorporarse en los meses siguientes al final de la vida del crédito, considerando el devengamiento de la tasa de interés compensatorio.
Por otra parte se informa que sigue vigente la posibilidad de revertir los débitos directos y los débitos automáticos, dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha del débito y la obligación de las entidades de devolver los fondos dentro de los 3 días hábiles de la solicitud.